Decreto Supremo que amplía la información para la implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano, en el marco del Decreto Legislativo N° 1246.
El presente Decreto entrará en vigencia el día 11-05-17.
Mediante el presente Decreto, se ha dispuesto ampliar la información indicada en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa.
Decreto Supremo Nº 051-2017-PCM Share on XDisponiéndose de esta manera que las entidades y las informaciones que se deberá informar de los usuarios y administrados deben de proporcionar a las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la interoperabilidad; de manera gratuita y permanente.
Por otro lado, se dispone que en tanto se implemente la interoperabilidad, la información referida en el artículo 2 del presente Decreto Supremo que resulte aplicable para realizar un trámite o procedimiento administrativo podrá ser sustituida, a opción del administrado o usuario, por Declaración Jurada, conforme a lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
Por último, se señala que la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, como órgano rector del Sistema Nacional de Informática dictará las directivas o lineamientos sobre la interoperabilidad entre las entidades de la Administración Pública, a que se refieren los artículos 2 y 3 del Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación, y el presente Reglamento.
Referencias.
- Decreto Legislativo N° 1246.
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Decreto Supremo Nº 051-2017-PCM.
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