EL SISTEMA DE DETRACCIONES Y EL DIFERIMIENTO DEL CRÉDITO FISCAL.

Diferimiento del credito fiscal de operaciones sujetas al SPOT.

 

Definición del sistema de Detracciones.

El sistema de detracciones, consiste en detraer o retener un porcentaje a cargo de la persona  o usuario que adquiere  un servicio comprendido en el sistema.

 

Crédito fiscal en el SPOT.

Se podrá ejercer el derecho al uso del crédito fiscal o saldo a favor del exportador o cualquier beneficio relacionado del IGV,  En el periodo en el cual  se realice el pago de la detracción.

 

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¿Cuando se ejercerá el derecho al uso del crédito fiscal?

Para poder ejercer el derecho al uso del crédito fiscal, el contribuyente deberá cumplir con los requisitos formales y sustanciales que se establecen en el articulo 18 y 19 de la ley del IGV. Para este caso de las detracciones, deberá además de cumplir con lo requisitos antes mencionado, pagar la detracción y ésta se utilizará en el periodo en el que se ha realizado el pago.

 

¿ Que sucede si se utiliza el crédito fiscal, y no se ha cancelado el importe total de la detracción?.

En este caso, estamos incurriendo en la falta de utilización del crédito fiscal indebido. esto implica que el contribuyente pagará una multa tipificada en el inciso 1° del artículo 178° del código tributario, además de efectuar el reparo del uso del crédito fiscal indebido.

El contribuyente también deberá realizar el pago de otra multa adicional tipificada en el articulo 12° del TUO del decreto legislativo 940 donde señala las sanciones e infracciones, por el 100% de la detracción no efectuada.

 

 

utilización del crédito fiscal cuando se emite notas de crédito posterior al pago de la detracción.

Para el caso de que se emita una nota de crédito, por una detracción ya pagada, el proveedor procederá a deducir de las próximas detracciones el pago para operaciones futuras.

 

Ejemplo: se emite una nota de crédito por una operación de S/ 1,000, la operación está sujeta al 12% de la detracción. posteriormente, se realiza otra operacion en el mes siguiente por un importe de S/, 3,000. calcule el importe a pagar neto.

 

Solución:

  1. calculamos el porcentaje de la de la detracción operación anulada: S/, 1,000.00 por el 12% = S/ 120.00 es la detracción a deducir al siguiente pago.
  2. calculamos el porcentaje de la detracción de la nueva operación: S/ 3,000 por el 12%= S/ 360.00 es la detracción antes de la deducción de la anterior detracción.
  3. Deducimos la detracción en la cual se emitió la nota de crédito por la nueva detracción: S/. 360.00 – S/. 120.00= S/ 240.00 es el importe a pagar por la detracción.

 

tener en cuenta que la anulación de la operación, no da lugar a la devolución del pago de la detracción, es por eso que se procede a la deducción de la detracción en las nuevas operaciones.

 

 

 

 

 


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