NUEVOS REQUISITOS DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y LOS DOCUMENTOS VINCULADOS A LA ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO AL CONSUMO DE BOLSAS DE PLÁSTICO.

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 150-2019/SUNAT

 

 

Como se sabe se aprobó la ley 30884 acerca de la creación del impuesto por el consumo de bolsas de plástico (ICBPER), la cual grava bajo cualquier modalidad la adquisición de bolsas de plástico, cuya finalidad sea transportar bienes de contribuyentes sujetos al impuesto general a las ventas.

 

     Entonces se establece que en las boletas, facturas debe figurar en información no necesariamente impresa, el cobro del impuesto por la adquisición de bolsas de plástico en los centros comerciales o establecimientos donde concurran sujetos del impuesto a la utilizacion de bolsas de palastico, siempre y cuando se utilice para trasladar productos.

     Se debe de especificar la cantidad de bolas, el precio y el precio total con las siglas ICBPER.

 

 

     Dicha resolución entra en vigencia  a partir del primero de agosto del  2019.

 

Véase la resolución publicada en el diario oficial el peruano.

 

Dicha norma busca que los ciudadanos no utilicen bolsas de plasticos para el traslado de sus productos, es por ello que se recomienda que cada ciudadano vaya con bolsa de tela re utilizables. Hazlo por el planeta. 

 

 

 

 


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