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Se Aprueba el Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento Tributario-Sunat Por el Covid 2020.
El decreto supremo se publicò el dia 22 de Junio del 2020 en el diario oficial el peruano y entrò en vigencia el dìa de hoy 23 de Junio 2020
DECRETO SUPREMO N° 155-2020-EF
Se decretò:
Artículo 1 aprobación Aprobación de las regulaciones de la deuda de impuestos diferidos y / o divididos administrados por la Administración Estatal de Aduanas e Impuestos-SUNAT (RAF), que incluye cuatro (4) artículos, que forman parte del Decreto Supremo.
Artículo 2 Endoso El decreto supremo fue aprobado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Aprueban el Reglamento del Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (RAF) Share on X
Disposiciones complementarias finales
el primero. Actos relacionados con al RAF.
A los fines RAF únicamente, las resoluciones relativas a la aprobación, el rechazo y la retirada de las solicitudes para el establecimiento de la RAF, incluida la declaración de invalidación del establecimiento del sistema y otros actos administrativos relacionados con esto, implican lo siguiente: No. 1487 El contenido mencionado en el artículo 3 del decreto debe ser emitido y / o notificado por la unidad organizativa y las subunidades subordinadas de la autoridad tributaria interna adjunta de SUNAT del país. El número de registro único del catálogo es para el organismo principal que acepta a Los contribuyentes activos o no, incluidas las resoluciones sobre los desafíos a las acciones administrativas anteriores.
Del mismo modo, las unidades y subunidades mencionadas anteriormente deben resolver sus desafíos respectivos mediante el uso de la RAF para emitir las soluciones de pérdida correspondientes, monitorear y controlar el sistema mencionado anteriormente, y cobrar y usar obligatoriamente las deudas generadas por la RAF para ejercer el mandato obligatorio. Acciones de los actores para gestionar las colecciones mencionadas de conformidad con las leyes pertinentes y publicar otras acciones necesarias para el uso adecuado al RAF, incluidas las relacionadas con la devolución de mercancías.
A los fines de los párrafos anteriores, las disposiciones de las Regulaciones Organizacionales y Funcionales de SUNAT o los documentos que lo reemplacen se considerarán como consideraciones con respecto a los poderes y funciones de las unidades organizativas y subunidades que dependen de la organización. Subdirector, incluyendo área de reclamos. Para aplicar mejor lo anterior, SUNAT puede emitir una resolución que considere necesaria.
SEGUNDA. Ampliación del plazo para presentar la solicitud de acogimiento al RAF
La fecha límite para enviar la solicitud de colocación a la RAF es el 30 de septiembre de 2020.
TERCERO. Publicación en el Portal de Transparencia de SUNAT
SUNAT publica lo siguiente en su portal de transparencia dentro de los sesenta (60) días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento de la presentación de la RAF: (a) Para las personas que ganan y / o reciben ingresos distintos de la tercera categoría recibida por la RAF, el número total de contribuyentes y el monto recibido, agrupados por grupo de ingresos y b) Para las personas jurídicas y personas físicas, que no son literalmente a) de la RAF, el número total de contribuyentes y la cantidad recibida, agrupados por nivel de ingresos y actividad económica principal teniendo en cuenta la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) por el contribuyente para Propósitos del Registro Único de Contribuyentes explicados.
Reglamento RAF Sunat.
Artículo 2. Objeto.
El propósito de estas regulaciones es aprobar las disposiciones regulatorias para la aplicación del régimen de aplazamiento y / o fraccionamiento de las obligaciones tributarias, que son administradas por la Supervisión Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, según lo establecido por el Decreto Legislativo.
Artículo 3. Cálculo de la tarifa mensual.
3.1 La tarifa mensual a que se refiere el Artículo 10 del Decreto Legislativo es una tarifa constante compuesta por la caída de intereses sobre la tasa y el aumento de la amortización, con la excepción de la primera y última tasa, cuyo monto puede diferir de los montos de los demás. Tarifa. Se determina usando la siguiente fórmula:
(1+i)n*i
C= (—————-) *(D)
(1+i)n-1
Donde:
C : Es la cuota constante.
D : Es la deuda tributaria acogida.
i : Es el interés mensual del fraccionamiento.
n : Es el número de meses de fraccionamiento.
3.2 Para determinar el monto de la primera cuota, debe:
a) Aplique la fórmula dada en el párrafo anterior, teniendo en cuenta el interés mensual de la subdivisión aplicada desde el primer día del mes siguiente al día en que se aprueba la solicitud de mantenimiento en la fecha de vencimiento de la cuota.
b) Agregue al resultado obtenido en el literal anterior el monto del interés de fraccionamiento diario generado desde el día posterior a la fecha de presentación de la solicitud de atención hasta el último día del mes en que se aprobó la solicitud.
3.3 En la subdivisión, el número mínimo de cuotas es de dos (2).
Artículo 4. Pagos antes de que se tome la decisión sobre la solicitud de admisión a la RAF
4.1 Si el solicitante realiza un pago por la necesidad de atención después de enviar la solicitud de atención a la RAF y hasta la fecha de la decisión de aprobación, este pago se considera un pago anticipado de las tarifas de la cuota.
4.2 Si SUNAT toma la decisión de rechazar la solicitud de acomodación con la RAF, el pago realizado se agregará a la obligación tributaria contenida en la solicitud de acomodación de acuerdo con las disposiciones del Código Fiscal.
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