Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedades en estado grave o terminal o sufran accidente grave.
Aprueban Reglamento de la Ley N° 30012, Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedades en estado grave o terminal o sufran accidente grave
El presente Decreto entrará en vigencia el día 01-06-17.
Aprueban Reglamento de la Ley N° 30012(Decreto Supremo Nº 008-2017-TR) Share on X
Mediante el decreto en mención, se aprueba el reglamento en el cual se especifica que tienen derecho los trabajadores de la actividad pública y privada independientemente del régimen al que pertenezcan, tienen derecho a licencia con goce de haber por 7 días calendarios.
Para poder acceder a esta licencia, se le debe comunicar el empleador dicha situación con los documentos sustentatorios, en el caso de que no se especifique la fecha del inicio de la licencia, se entiende que es efectiva al día siguiente de presentada dicha comunicación, cabe indicar que la comunicación puede ser por escrito o por correo electrónico.
tener en cuenta que Para ello, el trabajador debe presentar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido o conocido el accidente grave o la enfermedad grave o terminal, lo siguiente:
- Comunicación escrita o por correo electrónico.
- Documentación que acredita el vínculo familiar con el familiar que se encuentra enfermo.
- Certificado médico correspondiente.
Referencias.
- Decreto Supremo Nº 008-2017-TR(Publicado en el Diario oficial el Peruano)
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