REACTIVA PERÙ 2020- APOYO FINANCIERO EN TIEMPOS DEL COVID 19

El presente articulo trata de mencionar acerca del decreto legislativo 1455, que otorga un apoyo financiero a las empresas que so afectadas por el covid-9 en Perú. tratarè de ser lo mas especifico.

El programa » Reactiva Perù» es creado y aprobado con el decreto legislativo  1455 publicado el 06 de abril del 2020, su principal objeto es que las empresas puedan cumplir con el pago de la planilla de los trabajadores y el pago de sus proveedores; que debido al estado de emergencia, la empresa no podría cumplir con esta cadena e pagos por si llamarle; no podria cumplir porque no hay ingresos, y si los hubiera no son suficientes.

Esto es a través de los sistemas financieros, es decir a través de un banco o caja.

Tener en cuenta que estas garantías serán cubiertas por el gobierno a partir de la aprobación y publicación del reglamento del decreto en mención.

¿A que se refiere con garantías? ¿El estado va a pagar la deuda?

Se refiere a garantías porque es el estado que sera la responsable del pago de la deuda en caso la empresa no cumpla. Ojo esto no exime de ninguna responsabilidad a la empresa al pago de la deuda.

la garantía del estado es como decirle al banco. pongo este dinero en caso la deuda no pueda ser cancelada por la empresa. ( La publicación del reglamento nos darà un mayor alcance).

La garantía será ejecutada cuando la empresa no cancele dentro de los 90 días la deuda( tenga atraso de 90 días calendario) inclusive con los intereses moratorios.

¿Que mecanismos el estado usarà como garantía hacia empresas del sistema financiero?

A través del fideicomiso,  la comisión de confianza u otro sistema similar. Entiéndase por fideicomiso al dinero que es depositado a una empresa(COFIDE) que se le denomina la fiduciaria  para que cubra una parte de la deuda que no pudiese ser cancelada por la empresa a la que se le otorgò el crèdito.

Como información adicional: Este sistema de fideicomiso es utilizado en las empresas que venden seguros.

REACTIVA PERÙ 2020- APOYO FINANCIERO EN TIEMPOS DEL COVID 19 Share on X

Limite de las garantías:

Las garantías seràn en moneda nacional ( soles), por lo consiguiente,  los prestamos también son en la misma moneda.

Los montos que cubre son:

Crèditos por empresa (Soles) Garantias (%)
Hasta S/ 30, 000 98%
De S/30 001 a S/300 000 95%
De S/ 300 001 a S/5 000 000 90%
De S/ 5 000 001 a S/ 10 000 000

80%

Tener en cuenta que los prestamos no deben ser mayores a 10 millones de soles por cada empresa.

 

Alcances y condiciones:

Sòlo cubriràn nuevos creditos que  empresas del sistema financiero otorguen a las empresas para poder cumplir con la cadena de pagos.

La empresa no podrà pre pagar deudas financieras, antes de las originadas en el presente decreto ( no podràn pagar otras deudas financieras  que no son parte del decreto).

La empresa beneficiada del prèstamo, no debe de tener deudas tributarias mayores a 1 UIT hasta el 29 de febrero 2020 en cobranza coactiva, por deudas exigibles anteriores al 29 de febrero del 2020.

La empresa debe tener la condicion de «riesgo normal» o «Con problemas potenciales», es decir las empresas que no cuentan con liquidez inmediata para el cumpliento de sus obligaciones del giro del negocio.

No son elegibles las empresas que pertenecen al sistema financiero ( bancos, cajas, etc); asi como las comprendidas en la ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos

Durante la vigencia del crédito, la empresa no podrá repartir utilidades ni dividendos a sus accionistas, salvo se trate del reparto de utilidades de sus trabajadores.

Plazo de los créditos otorgados:

No podrá ser mayor a 36 meses. inclusive el periodo de gracia de 12 meses sin intereses. Es decir son 12 meses de periodo de gracia y 24 meses del pago de la deuda y sus intereses.

 

Responsabilidades:

Las empresas del sistema financiero son las responsables de verificar los requisitos para el otorgamiento de los créditos..

Los gerentes generales o representantes legales tienen que firmar una carta compromiso del cumplimiento de los requisitos y condiciones. En caso de que se encuentre infromaciò falsa, de fraude o simulación; generarà responsabilidad civil y penal, inclusive las sanciones de ser el caso.

 

En el presente articulo no se ha tomado en cuenta algunos parrafos porque son parte de la fiduciaria, condiciones de pago del estado con las empresas del sistema financiero.

se ha trtado de mencionar las condiciones para las empresas que seràn beneficiadas.

 

en caso quieras leer todo el decreto legislativo sòlo da click en el siguente enlace: DL 1455   y su modificatoria en el siguiente enlace: DL 1457

en caso tengas algun aporte, alguna sugerencia de un tema relacionado al blog. hazme saber en los comentarios.

 

En cuanto se publique el reglamento, estarè escribiendo acerca del mismo.

Estará disponible en el siguiente enlace: Reglamento decreto legislativo 1455

 


Publicado

en

, ,

por

Etiquetas:

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.