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RESOLUCIÓN DE CONTROLARÍA Nº 129-2016-CG
noticia Lima, 9 de mayo de 2016
VISTO, la Hoja Informativa Nº 00019-2016-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico que recomienda la aprobación del proyecto de Directiva “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley Nº 29622, se modificó la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, ampliándose las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional, sobre la base de lo cual la Contraloría General de la República se encuentra facultada para determinar la responsabilidad mencionada y sancionar a los servidores y funcionarios públicos que incurran en esta, por la comisión de infracciones graves o muy graves, derivada de los informes de control emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2011-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29622, “Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los Órganos del Sistema Nacional de Control”, especificándose las conductas constitutivas de infracción administrativa funcional y las correspondientes sanciones, desarrollando las normas y garantías del procedimiento sancionador, facultando a la Contraloría General la emisión de las disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la potestad sancionadora conferida por ley;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 333-2011-CG se aprobó la Directiva Nº 008-2011-CG/GDES “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, que tiene como finalidad implementar el procedimiento administrativo sancionador por responsabilidad administrativa funcional, estableciendo las disposiciones complementarias requeridas para el ejercicio de la potestad reconocida por la Ley Nº 29622 y su Reglamento;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 283-2015-CG se aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Contraloría General de la República para el período 2015 – 2017, que establece como objetivo estratégico, desde la perspectiva de procesos, reforzar el modelo de gestión para la lucha contra la corrupción y mejora de la eficiencia, para lo cual se ha establecido como uno de sus planes de acción el ejecutar la fase de mejoramiento del procedimiento administrativo sancionador;
Que, en el citado contexto, a fin de contar con un modelo de gestión optimizado; resulta necesario simplificar las actividades del procedimiento sancionador, eliminar reprocesos y establecer disposiciones complementarias requeridas para el ejercicio de la potestad atribuida por la Ley Nº 29622 y su Reglamento;
Que, conforme al documento del visto, la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico propone la aprobación del proyecto de Directiva denominada “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, recomendando dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 333-2011-CG que aprobó la Directiva Nº 008-2011-CG/GDES “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”;
En uso de las facultades previstas en el artículo 32º de la Ley
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 010-2016-CG/GPROD “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La presente Directiva entrará en vigencia a los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 333-2011-CG que aprobó la Directiva Nº 008-2011-CG/GDES “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, a partir de la entrada en vigencia de la Directiva aprobada en el artículo primero.
Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución y la Directiva aprobada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), así como en el portal web (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Fuente: http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/directiva-n-010-2016-cggprod-procedimiento-administrativo-resolucion-no-129-2016-cg-1377884-1/
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