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Norma Internacional de Auditoria Nº 330.
La norma internacional de auditoria N° 230 «Respuesta del auditor a los riesgos valorados» debe interpretarse conjuntamente con la norma internacional e auditoria N° 200 » Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoria de conformidad con las NIA«
1. Introducción.
1.1 Alcance de la NIA 230.
La norma internacional de auditoria trata de la responsabilidad que tiene el auditor en la auditoria de estados financieros para poder diseñar y poder implemetar respuestas a los riesgos de incorreccion material valorados conforme con la Norma internacional de auditoria N° 315
2.Objetivo.
El objetivo del auditor es poder obtener evidencia suficiente y adecuada, luego valorarlo e implementar respuestas a los riesgos detectados.
Respuesta del Auditor a los Riesgos Valorados (NIA 330) Share on X
3.Definiciones.
Procedimiento Sustantivo.-
Es un procedimiento de auditoria diseñado para detectar incorrecciones materiales en las afirmaciones.
Los procedimientos sustantivos comprenden primeramente las pruebas de detalle que es acerca del tipo de las transacciones, saldos contables y la información a ser revelada en los estados financieros; y por ultimo comprende lo procedimientos analíticos sustantivos.
Prueba de Controles.-
La prueba de controles es un procedimiento de auditoria diseñado para poder evaluar la eficacia operativa de los controles en la prevención o en la detección de incorrecciones materiales en las incorrecciones en los estados financieros.
4. Requerimientos.
4.1 Respuestas globales.
El auditor implementara respuestas globales para poder responder a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros, es decir luego de identificar los riesgos y por ende el auditor le ha identificado un valor, este deberá responder a dichos riesgos. ejemplos de respuestas globales: que el equipo de trabajo mantenga el escepticismo en la auditoria, recurrir a expertos o asignar empleados en la auditoria que tengan mayor experiencia en ciertos temas en la auditoria.
4.2 Procedimientos de auditoria que responden a riesgos valorados de incorrección material en las afirmaciones.
El auditor implementara procedimientos de auditoria luego de terminada, los cuales se basan en los riesgos que fueron valorados sobre las incorrecciones materiales y de los cuales va a responde a dichos riesgos detectados.
4.3 Adecuación de la presentación y de la información revelada.
El auditor aplica procedimientos de auditoria para poder evaluar que la presentación de los estados financieros y que se hayan realizado conforme al marco financiero aplicable; e inclusive la información a ser revelada.
4.4 Evaluación de la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoria.
El auditor antes de que termine la auditoria, evaluara si las respuestas aplicadas en la auditoria son suficientes.
Luego de que el auditor considere que los procedimientos aplicados han sido suficientes, entonces podrá formarse una opinión de los estados financieros y dicha opinión podrá corrobar o contradecir las afirmaciones obtenidas en los estados financieros.
Pero si el auditor considera que la evidencia obtenida no es suficiente ni adecuada para poder formarse una opinión, entonces el auditor podrá intentar obtener màs evidencia; si no persiste en la insuficiencia de las evidencias y que considera que no es adecuada, entonces el auditor emitirá un informe con salvedades o denegara la opinión sobre los estados financieros auditados.
4.5 Documentación.
El auditor en la documentación incluirá:
- La respuesta globales de los riesgos valorados de incorrección material de estados financieros y además la naturaleza, realización y extensión de los procedimientos d auditoria después de la auditoria aplicados.
- La conexión que tienen los procedimientos con los riesgos valorados en las afirmaciones.
- Los resultados de los procedimientos de auditoria, inclusive las conclusiones cuando los dichos resultados no sean claros.
- La documentación de la auditoria demuestra que los estados financieros concuerda o que han sido conciliados con sus registros contables que sirven de sustento.
Referencias.
- Norma Internacional de Auditoria Nº 330 (versión Española)
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